La Corte Suprema de Justicia resolvió el recurso de casación dentro del caso de Luis Andrés Colmenares y dejó en firme la absolución de Laura Moreno por el delito de homicidio, al concluir que no fue posible demostrar con certeza la causa de la muerte.
En el mismo fallo, el alto tribunal confirmó la prescripción de la acción penal en favor de Jessy Quintero, por lo que no habrá decisión de fondo sobre su responsabilidad.
La duda sobre la muerte fue determinante
La Corte explicó que durante el proceso no se logró establecer si la muerte de Colmenares fue producto de un homicidio o de un accidente, lo que impidió desvirtuar la duda razonable.
“No logró superarse la duda sobre la causa de la muerte”, señaló el alto tribunal, reiterando la aplicación del principio de in dubio pro reo, que favorece al acusado cuando no hay certeza.

Pruebas periciales con contradicciones
Uno de los puntos clave del fallo fue la valoración de los dictámenes técnicos, los cuales presentaron inconsistencias.
La Corte señaló que hubo informes contradictorios sobre las lesiones y la dinámica de los hechos, y advirtió fallas en algunos peritajes, incluyendo observaciones sobre protocolos y cadena de custodia.
Al mismo tiempo, los expertos de la defensa tampoco lograron establecer una hipótesis concluyente, dejando el caso sin una versión técnica definitiva.
Fallas en la acusación de la Fiscalía
El alto tribunal también indicó que la Fiscalía no logró demostrar los elementos necesarios para sostener la responsabilidad de Laura Moreno como coautora del homicidio.
Según la decisión, no se probó la existencia de un acuerdo con terceros ni un aporte concreto al delito, requisitos esenciales para esa imputación.
Además, la Corte descartó otras posibles figuras jurídicas debido a que no fueron incluidas en la acusación inicial, lo que vulnera el principio de congruencia.

Prescripción en el caso de Jessy Quintero
En el caso de Jessy Quintero, la Corte confirmó que la acción penal ya había prescrito, por lo que no era posible emitir un fallo de fondo.
Esto significa que el proceso contra ella quedó cerrado jurídicamente sin condena ni absolución sobre los hechos.
Testimonios sin fuerza probatoria suficiente
El fallo también analizó las declaraciones de testigos, señalando que varias versiones presentaron contradicciones o no contaron con respaldo técnico suficiente.
La Corte advirtió que los llamados “testimonios de oídas” no tienen valor directo para establecer responsabilidades penales.
Sin certeza sobre lo ocurrido en el caño El Virrey
El tribunal revisó también elementos como la dinámica del cuerpo en el caño El Virrey, el estado de las prendas y las labores de búsqueda, sin que estos aspectos permitieran confirmar una hipótesis única.
De esta manera, el alto tribunal concluyó que el conjunto probatorio no fue suficiente para derribar la duda sobre lo ocurrido en la muerte de Luis Andrés Colmenares.




