La Corte Suprema de Justicia dejó en firme la condena contra el exsenador Luis Alberto Gil por su participación en maniobras ilegales para retrasar el trámite de extradición de Jesús Santrich hacia Estados Unidos. La decisión ratificó la pena de 54 meses de prisión, equivalentes a cuatro años y seis meses de cárcel.
Corte confirmó condena contra Luis Alberto Gil
La Sala de Casación Penal confirmó la sentencia emitida previamente por el Juzgado Noveno Penal del Circuito Especializado de Bogotá y ratificada por el Tribunal Superior de Bogotá. El alto tribunal concluyó que existían suficientes pruebas para demostrar la responsabilidad del excongresista en los delitos de concierto para delinquir agravado, cohecho propio y tráfico de influencias de servidor público.
Además de la pena privativa de la libertad, Gil Castillo deberá pagar una multa equivalente a 1.424 salarios mínimos legales mensuales vigentes y quedó inhabilitado para ejercer funciones públicas durante cinco años.
La Corte también rechazó el recurso de casación presentado por la defensa, que buscaba anular parcialmente la condena argumentando supuestas vulneraciones al debido proceso.
Las gestiones para retrasar la extradición de ‘Jesús Santrich’
Según el expediente, los hechos ocurrieron entre diciembre de 2018 y marzo de 2019. La investigación determinó que Gil Castillo habría actuado junto al entonces fiscal de apoyo de la Jurisdicción Especial para la Paz, Carlos Julián Bermeo Casas, y otras personas para gestionar irregularmente trámites judiciales a cambio de dinero.
Las autoridades establecieron que el grupo ofrecía retrasar procesos penales y administrativos relacionados con narcotráfico, incluyendo el trámite de extradición de alias Jesús Santrich.
En la sentencia, la Corte señaló que el exsenador “gestionó el uso indebido de la función pública” del fiscal Bermeo ante la JEP con fines irregulares.
Operación encubierta y entrega de dinero
La investigación comenzó tras información entregada por un agente de la DEA al CTI de la Fiscalía el 25 de febrero de 2019. Según el informe, existía una organización dedicada a la “venta de procesos judiciales en Colombia”.
Con autorización judicial, la Fiscalía adelantó una operación encubierta que incluyó reuniones vigiladas y entrega controlada de dinero. El 1 de marzo de 2019 se realizaron encuentros en los hoteles The Artisan DC y JW Marriott, en Bogotá.
De acuerdo con la decisión judicial, en una de las reuniones se dejó una maleta con 460 mil dólares. Posteriormente, durante el encuentro en el hotel JW Marriott, Gil Castillo habría explicado mecanismos para retrasar extradiciones y detallado los costos de esas gestiones.
La Corte indicó que Bermeo Casas aseguró haber logrado dilatar por cerca de dos meses y medio el trámite de extradición de Jesús Santrich mediante órdenes a policía judicial, solicitudes de prórroga y otras actuaciones dentro del proceso.
Corte descartó vulneraciones al debido proceso
Durante el proceso, la Procuraduría argumentó que no existían pruebas suficientes para sustentar el delito de tráfico de influencias. Sin embargo, la Corte concluyó que este delito se configura con el simple uso indebido de la influencia derivada de un cargo público, sin necesidad de demostrar que la gestión ilegal haya tenido éxito.
“No era necesario demostrar si los funcionarios de la JEP actuaron acorde a la injerencia de Bermeo Casas, porque el tráfico de influencias no exige un resultado específico”, precisó la corporación judicial.
Finalmente, el alto tribunal sostuvo que el preacuerdo firmado por Luis Alberto Gil con la Fiscalía fue voluntario y contó con acompañamiento de su defensa, por lo que descartó cualquier afectación a sus garantías fundamentales.




