El presidente de Colombia, Abelardo de la Espriella, declaró el Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica durante 30 días en 15 departamentos afectados por el terremoto de magnitud 7,4 ocurrido el pasado 10 de agosto.
La decisión quedó establecida mediante el Decreto 1261 del 19 de agosto de 2026, con el propósito de acelerar la atención de la emergencia, movilizar recursos y facilitar las labores de reconstrucción en las zonas más afectadas.
15 departamentos quedan cobijados por la emergencia
La declaratoria comprende a Antioquia, Caldas, Cauca, Chocó, Quindío, Cundinamarca, Risaralda, Huila, Valle del Cauca, Tolima, Putumayo, Norte de Santander, Bolívar, Nariño y Sucre.
El Gobierno podrá adoptar medidas extraordinarias para atender a los municipios afectados y a aquellos territorios donde posteriormente se compruebe una afectación relacionada con el terremoto.
La emergencia tendrá una duración inicial de 30 días calendario, periodo durante el cual el Ejecutivo podrá expedir decretos legislativos destinados exclusivamente a enfrentar la crisis y evitar que sus efectos se extiendan.
El terremoto deja un balance de cientos de víctimas
Según el balance utilizado por el Gobierno para sustentar la declaratoria, con corte al 19 de agosto se contabilizaban 314 personas fallecidas, 4.437 heridas y 262 desaparecidas.
La tragedia también dejó una fuerte afectación en infraestructura. 352 centros de salud resultaron afectados, mientras que unas 30.664 viviendas fueron destruidas y 136.946 presentaron daños.
En total, el reporte preliminar señala que 147.464 familias y 262.154 personas resultaron damnificadas.
Las autoridades advirtieron que estas cifras podrían aumentar debido a las dificultades para acceder a algunos territorios y completar las inspecciones técnicas.
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Salud y reconstrucción, entre las prioridades
El decreto señala que la emergencia no solo representa una crisis humanitaria, sino también una presión considerable sobre el sistema de salud.
Entre las afectaciones se encuentran daños en hospitales, dificultades para prestar atención médica en zonas rurales y problemas en los sistemas de agua potable y alcantarillado. También existe preocupación por el manejo de residuos y los riesgos sanitarios derivados de las instalaciones afectadas.
El Gobierno podrá implementar medidas para garantizar la continuidad de los servicios de salud, facilitar el traslado de pacientes, fortalecer la atención hospitalaria y proteger la prestación de los servicios de seguridad social.
Gobierno podrá movilizar recursos extraordinarios
Uno de los principales argumentos para declarar la emergencia es la necesidad de contar con mayores recursos para responder a la magnitud de la tragedia.
El decreto señala que la subcuenta del Fondo Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres destinada al manejo de desastres tenía una disponibilidad de aproximadamente 47.265 millones de pesos, considerada insuficiente frente a las necesidades proyectadas.
Por esta razón, el Ejecutivo podrá adoptar medidas presupuestales, financieras, contractuales y tributarias relacionadas directamente con la emergencia.
¿Qué viene después de la declaratoria?
La declaratoria de emergencia no establece por sí sola todas las medidas que se aplicarán en los sectores afectados. El Gobierno podrá expedir nuevos decretos legislativos para desarrollar acciones específicas en materia de salud, infraestructura, vivienda, servicios públicos, asistencia humanitaria y protección social.
Entre las medidas contempladas está la posibilidad de garantizar la continuidad de la afiliación y las prestaciones del sistema de seguridad social, además de adoptar mecanismos transitorios para proteger a trabajadores y afiliados afectados por el terremoto.
La decisión también deberá ser revisada por la Corte Constitucional, mientras el Gobierno tendrá que informar al Congreso sobre las razones de la declaratoria y las medidas que sean adoptadas durante el periodo de emergencia.





