El ministerio de Transporte estableció las condiciones mínimas de uso del casco para los conductores y acompañantes de motocicletas, motociclos, mototriciclos, motocarros y cuatrimotos que entrará en vigencia a partir del 23 de enero del 2021.
En primer lugar, los conductores y acompañantes que se movilicen en los diferentes tipos de motos mencionados anteriormente deberán tener sus cabezas completamente inmersas en el casco. Quienes sean vistos con el elemento protector en la parte alta de la cabeza o con su cara descubierta serán multados.
“El sistema de retención debe estar asegurado por debajo de la mandíbula, sin correas rotas ni broches partidos e incompletos”, señala el documento emitido por el Mintransporte.
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Los conductores o acompañantes tendrán completamente prohibido el porte de teléfonos o sistemas móviles de comunicación que se interpongan entre la cabeza y el casco. Los únicos elementos que pueden estar dentro del casco son aquellos que permitan usar dichos objetos comunicativos con las manos libres.
En el caso de cascos con cubierta facial inferior movible, esta siempre debe ir cerrada y asegurada durante el tránsito, “de tal manera que ofrezca protección a la cara del motociclista”.
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Las personas que no porten de forma correcta el casco cuando se transporten en una moto será de 15 salarios mínimos diarios vigentes.
La multa regirá desde el 23 de enero del otro año estaría rondando los 450.000 pesos, informó Pulzo.
El ministerio recordó en su resolución que la no utilización del caso dará lugar a la inmovilización completa de la moto.
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