Con ponencia del magistrado Carlos Bernal, la Sala Plena de la Corte Constitucional estableció que en adelante las personas en extrema pobreza, como habitantes de calle y jóvenes de 18 años a cargo del Bienestar Familiar, podrán trabajar sin tener libreta militar, hasta por un término de 18 meses, como un incentivo para que resuelvan su situación militar.
Y es que jóvenes como Kevin Rueda, quien ha estado buscando trabajo en Bucaramanga, no ha podido vincularse a alguna empresa justamente porque le falta la libreta militar.
Otros por el contrario dicen que de nada servirá el permiso, porque buscar trabajo en Colombia es algo demasiado difícil, con o sin libreta.
Para la Corte, permitir el acceso al mundo laboral a este grupo de personas, al menos de manera transitoria mientras definen su situación militar, genera un incentivo para que se acerquen a la autoridad competente con el fin de cumplir con el requisito de gestionar la libreta.