Detalles | ¿Nuevo Decreto establece la contratación por horas en Colombia?

La expedición del Decreto 1174 generó polémica en redes sociales ya que hay sectores que indican que la normativa establece el sistema de contratación por horas en Colombia.

Sin embargo, el ministro de Trabajo Ángel Custodio Cabrera, aseguró que no es ninguna reforma laboral y explicó los detalles que generó malestar en algunos sectores.

¿El decreto permite la contratación por horas ilimitada?

Para nada. En este momento en el mismo decreto está previsto el control por parte de la entidad que se llama la Unidad de Gestión Pensional. Ellos ya tienen todo detectado. Una persona no se puede pasar a este sistema, esto es para quienes hoy no tienen ninguna vinculación.

¿En el caso de un trabajador independiente, cómo paga esa seguridad social?

Esto no es para un trabajo por horas, es para aquellas personas que desarrollen una actividad de tiempo parcial, o sea, que permita uno o dos días al mes, y sumados esos ingresos, no sumen un salario mínimo. Aquellas personas que no tienen una vinculación con un trabajo formal, una empresa o pequeño emprendimiento, voluntariamente pueden acceder a la propuesta. El empleador coloca 15 %, el Gobierno Nacional apoya el 20 %, esto le va acumulando para su vida laboral y al final, si la persona vuelve a formalizarse, pasa al sistema pensional normal, se le reconocen sus semanas y tiene posibilidad de una pensión.

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¿Para los domiciliarios que trabajan a través de aplicaciones, aplica?

En el caso de las plataformas tecnológicas ya se presentó el proyecto de ley que va en esa misma línea, de que el empleador reconozca parte de la seguridad social y empiece a ahorrar para su vejez. Esa discusión se va a iniciar en el Congreso de la República.

¿Quiénes se benefician y quiénes se perjudican?

Se benefician todas aquellas personas que hoy no tienen ningún tipo de protección social. Aquí a nadie están perjudicando porque nadie está en el sistema, están por fuera. Esto es para aquellas personas que están ahorrando cero pesos para su vejez.

¿Los empleadores podrán cambiar a los trabajadores a este tipo de cotización?

No lo van a poder hacer. La Unidad de Gestión Pensional y Parafiscales (UGPP) hará la vigilancia de todos los empleadores y trabajadores, con lo cual no se le podrá hacer trampa a la ley. Si lo hacen, se someten a elevadas sanciones.

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¿Se elimina la posibilidad de acceder a una pensión?

No, al contrario, los regímenes pensionales siguen igual. Lo que se reglamenta es la posibilidad para quienes ganan menos de un salario mínimo puedan ahorrar para la vejez.

¿El decreto permite la contratación por horas y el cambio de condiciones laborales?

No, este decreto no modifica las normas laborales existentes de los trabajadores, lo que hace es reconocer a quienes, por diferentes circunstancias de su trabajo, no alcanzan a tener ingresos de un salario mínimo mensual.

¿Se permite que los empleadores contraten sin limite por debajo del salario mínimo?

El piso de protección social no altera la normatividad vigente sobre prestaciones sociales. Este decreto es una respuesta a quienes en la actualidad perciben ingresos por debajo de un salario mínimo, no pueden ahorrar para su vejez.

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